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REGISTRESE EN EL CLUB
LOS ESTATUTOS SON PROVISIONALES Y NO HAN SIDO AUN APROBADOS
CAPITULO I
Nombre

El nombre de esta organización sin fines de lucro está registrada en el Estado de Florida, División de Corporación en idioma ingles, “Dominican Club of Naples, Inc.”; y en español, “Club Dominicano de Naples, Inc.” (en adelante, “CDN” en español; o, “DCN” en inglés).

CAPITULO II
Visión
Para llenar una necesidad social de agrupar a los quisqueyanos y amigos de la República Dominicana;  proyectar positivamente la imagen de sus miembros; compartir con las demás personas de otras nacionalidades y contribuir al enriquecimiento social, cultural y económico de sus miembros y de la comunidad en general, es fundado el CDN.

CAPITULO III
Misión
Ofrecer a los miembros un lugar donde puedan desarrollar sus habilidades, creatividad y compartir con los demás en ambiente sano y familiar, manteniendo y promoviendo los mejores valores culturales, las costumbres e identidad nacional hacia nuestro hijos y amigos de otras nacionalidades.

CAPITULO IV
Objetivos
Crear programas que beneficien a los miembros y a toda la comunidad, desde nuestro local y a través de otros medios.
Crear programas que afiancen lo mejor de nuestras costumbres y cultura entre los miembros y hacia los hijos de estos, mediante charlas, conferencias, talleres, el deporte, el arte y las ciencias y entretenimientos sanos.
Servir como centro de enlace entre los miembros y los personajes e instituciones afines en el campo local, nacional e internacional, incluyendo aquellos personajes e instituciones de la República Dominicana.

CAPITULO V
Domicilio
El domicilio principal del CDN estará siempre dentro del Estado de Florida, Estados Unidos de América, teniendo la opción de abrir filiales en cualquier otra parte del mundo.

CAPITULO VI
Miembros
Puede ser miembro del CDN toda persona mayor de dieciocho (18) años que acepte estos estatutos; sea aprobada su solicitud por la Junta de Directores  y pague su cuota inicial.

Acápite 1:  La familia directa (cányuge e hijos) del miembro tiene derecho a todos los beneficios del CDN, excepto los de elegir y ser elegidos a cargos de la Junta de Directores.

Acápite 2:  Los nacionales de otros países tienen los mismos derechos, incluyendo el Acápite 1 de este capítulo, excepto el poder ser electo a la Presidencia o Vice Presidencia de la Junta de Directores del CDN.
Acápite 3: Solamente la Asamblea General podrá cambiarlo estas disposiciones.

CAPITULO VII
Cuotas
La cuota de miembro es anual y se paga antes del mes de enero de cada año.  El monto de la cuota annual es establecida cada año por la Asamblea General.  Otras cuotas especiales son establecidas de vez en cuando por la Junta de Directores y ratificadas o rechazadas por la Asamblea General.
Acápite 1: El miembro que no tiene su cuota al día pierde todos los derechos y beneficios del CDN.  Puede recuperarlos poniéndose al día, sin gracia alguna.
Acápite 2: Se establecen cuotas especiales a estudiantes, retirados y otros previa aprobación de la Junta de Directores y ratificación de la Asamblea General.

CAPITULO VII
Deberes y Derechos de los Miembros
Son deberes de los miembros:

CAPITULO IX
Asamblea General
La  Asamblea General de miembros es el máximo organism del CDN  y se realiza en el mes de octubre de cada año para tartar, discutir y aprobar los asuntos relacionados con los siguientes puntos:
Elegir mesa directiva de la Asamblea
Elección de la Junta de Directores y Comité Disciplinario
Aprobación de enmiendas a estos Estatutos
Aprobación del Presupuesto del siguiente año
Aprobación del Calendario de Eventos del siguiente año
Aprobación de los programas y comisiones
Fijación de las cuotas y disposiciones generales
Acápite 1: Son miembros de la Asamblea General todos los miembros que estén al día con sus cuotas y no hayan sido expulsado del CDN.  Los reglamentos de la Asamblea son parte integral de estos estatudos.

CAPITULO X
Comportamiento y Disciplina
La Comisión Disciplinaria actuará con el reglamento disciplinario acordado por la Asamblea General en sus Disposiciones Generales.   

Nota: estos estatutos estan siendo puesto a la consideracion de la Junta de Directores.  Otras disposiciones seran agragadas para cumplir con los requisitos legales.  Noviembre 17, 2010.





ESTATUTOS GENERALES